La Consejería de Educación convoca becas para alumnos de bachillerato
o de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial
para el curso escolar 2013-2014 en Andalucía.
Los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos: participar en
la convocatoria general de becas y ayudas al estudio reguladas en el
Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el
régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas; pertenecer a
una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén
empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
conforme al artículo 3.3 del Decreto 137/2002, de 30 de abril; reunir
los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía fija
ligada a la renta del solicitante de las becas en las enseñanzas
postobligatorias y estar matriculado del curso completo en estudios
presenciales; no estar en posesión ni reunir los requisitos legales para
la obtención de un título del mismo o superior nivel al de bachillerato
o técnico de cualquier profesión; en el caso del alumnado de primer
curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación
profesional inicial, este deberá haber cursado los estudios de educación
secundaria obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título
de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso
inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria
correspondiente; en el caso del alumnado de renovación de la beca, haber
obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior;
estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de bachillerato o
ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en un
centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas
enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido el alumnado que
curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas
adultas; haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar
antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el
que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de
altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria
Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter
ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de
escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la beca
6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y
académico establecidos en la normativa vigente; tener una renta y
patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan
anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y
ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca; y no estar realizando
actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito
como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de
Empleo.
Estos requisitos deben mantenerse durante todo el periodo que abarque
el curso académico para el que se concede la beca, dotada con 6.000
euros.
El plazo de solicitud estará abierto hasta el 30 de septiembre.
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